Factura electrónica obligatoria para autónomos (Verifactu)
Con la factura electrónica obligatoria para autónomos no hay un único «día cero». Verifactu obliga al software de facturación desde el 1 de julio de 2027 (autónomos en IRPF). La factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece llega más tarde: 24 meses tras la Orden Ministerial. Tu cliente, eso sí, puede exigírtela antes.
Imagina la escena: tu cliente te escribe en marzo. «¿Me la puedes enviar como factura electrónica, en Facturae?». Te quedas mirando el correo. Llevas seis años facturando igual: un PDF limpio exportado desde Word, quizá una plantilla que compraste una vez. Y de repente aparece una palabra que medio reconoces de una newsletter, un plazo que no recuerdas bien y la sospecha incómoda de que ya has hecho algo mal. ¿Notas esa tensión?
Sabemos cómo se siente, porque lo primero que hicimos nosotros fue pasarnos de frenada y ponernos a mirar software de contabilidad que no necesitábamos. Así que te ahorramos tiempo. Para el autónomo medio, la factura electrónica obligatoria es mucho menos urgente de lo que sugiere el ruido. Lo que casi todo el mundo confunde es qué plazo te afecta a ti de verdad. Lo más probable es que no sea el tuyo.
Dos normas distintas (y no es una sola fecha)
Aquí está el primer enredo: en España hay dos cosas diferentes metidas en el mismo titular de «factura electrónica obligatoria», y conviene separarlas.
- Verifactu (Real Decreto 1007/2023, la «ley antifraude»): no va de cómo le mandas la factura al cliente, sino de cómo la genera tu programa. Exige que el software registre cada factura de forma segura, inalterable y trazable, con un código QR.
- Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece, desarrollada por el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026): obliga a que las facturas entre empresas y profesionales se intercambien en formato electrónico estructurado.
El calendario, tras los últimos cambios, queda así:
- Verifactu — 1 de enero de 2027: obligatorio para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades).
- Verifactu — 1 de julio de 2027: obligatorio para el resto de obligados, incluidos los autónomos en IRPF. La prórroga llegó con el Real Decreto-ley 15/2025.
- Crea y Crece (B2B) — 12 meses tras la entrada en vigor de la Orden Ministerial: para empresas con más de 8 millones de euros de facturación.
- Crea y Crece (B2B) — 24 meses tras esa Orden: para el resto, es decir, pymes y autónomos.
Traducido: si eres autónomo y facturas 40.000, 60.000 o incluso 120.000 € al año, tu obligación en estas dos normas no es para «ya mismo». Verifactu te alcanza en julio de 2027, y la factura electrónica B2B llega bastante después, al final del calendario. Lo que sí tienes que tener claro es que la fecha exacta de Crea y Crece se cuenta a partir de la Orden Ministerial, no de una fecha cerrada en el calendario.
Entonces, ¿por qué parece que corre prisa?
Porque el plazo de tu cliente no es tu plazo.
La empresa grande a la que facturas puede estar por encima de esos 8 millones y preparándose para su tramo, o simplemente estandarizando antes de tiempo porque le resulta más cómodo que llevar dos sistemas. En el momento en que su departamento de administración decide «a partir de ahora todo entra como factura electrónica estructurada», tu flamante PDF de Word pasa a ser el fichero que rebota. No estás incumpliendo ninguna ley. Eres, sin más, el proveedor que ralentiza su flujo de trabajo, y eso queda peor de lo que parece.
Ese es el verdadero detonante para los autónomos en 2026: un buzón de proveedores que rechaza, en silencio, tu formato de factura.
Facturae, UBL y los formatos, en un párrafo
Todos los formatos válidos se construyen sobre el estándar europeo EN 16931. La diferencia está en la sintaxis:
- Facturae es el formato XML que España lleva años usando para facturar a la Administración pública (B2G). Es estructurado: lo lee el software, no una persona.
- UBL (Universal Business Language) es la sintaxis más extendida a nivel europeo, y es la que usa la solución pública de facturación electrónica. El RD 238/2026 también admite CII y EDIFACT.
Para la mayoría del trabajo de autónomo a empresa, lo que importa no es elegir el formato «perfecto», sino que tu herramienta sea capaz de emitir un fichero válido en el formato que te pida el cliente o la Administración. Que quede claro: un PDF escaneado o un JPG no es una factura electrónica. Un PDF normal sin datos estructurados dentro, tampoco. Lo desarrollamos al detalle en nuestra guía de formatos de factura electrónica.
Factura electrónica obligatoria para autónomos: cómo prepararte sin contratar a un asesor
En resumen, necesitas tener tres cosas resueltas:
- Poder recibir. Una factura electrónica te llega como un fichero en el correo. La mejora honesta es poder leer esos datos estructurados, no solo el PDF.
- Poder emitir un formato válido cuando te lo pidan. Necesitas un fichero que cumpla EN 16931 (Facturae o UBL), con el IVA y el IRPF bien calculados, en el momento en que un cliente lo solicite. Y, de cara a 2027, que tu software cumpla Verifactu.
- Acertar con el IVA transfronterizo. Si facturas a clientes de otros países de la UE, la inversión del sujeto pasivo (reverse charge) tiene que estar bien indicada y el NIF-IVA del cliente comprobado contra VIES. Equivocarse aquí es un error de autónomo más frecuente que el del propio formato. Lo desglosamos en la guía de IVA.
Lo que no necesitas: presentar nada nuevo en Hacienda solo por esto, unirte a ninguna red de transmisión, ni comprar un paquete con «cumplimiento garantizado». Desconfía de quien vende garantías. La norma es pública; la única pregunta es si tu herramienta emite un fichero válido. Recuerda también que enviar los registros a la Agencia Tributaria en modo Verifactu es, por ahora, voluntario.
Dónde encaja Clozo
Para este hueco exacto se construyó Clozo. Cuando un cliente te pide una factura electrónica, generas en un clic una factura válida en el formato español correcto (Facturae o UBL, sobre EN 16931), con el IVA y la inversión del sujeto pasivo de la UE ya resueltos y, si quieres, una firma electrónica con valor legal (eIDAS) y su registro de auditoría. Clozo genera el fichero en el formato válido; el envío al cliente, la subida a la solución pública de la AEAT o a una plataforma de intercambio la haces tú o tu asesoría —Clozo no se conecta a esas plataformas ni transmite por ellas—. Exporta el fichero y se lo envías directamente al cliente: sin un libro de contabilidad por partida doble que aprender, sin un asesor en nómina solo para contestar a un correo. Puedes ver todo lo que incluye en la página de funciones; la exportación en formato estructurado (Facturae/UBL) se incluye en los planes que se indican en precios, y puedes crear tu cuenta gratis para empezar a probar Clozo. Hecho por autónomos, para el momento exacto en que un buzón de proveedores dice «solo formato estructurado».
La conclusión
No dejes que los titulares sobre la factura electrónica obligatoria te hagan entrar en pánico. Como autónomo, Verifactu te llega en julio de 2027 y la factura electrónica B2B de Crea y Crece, más tarde aún. Pero el día en que un cliente real te pida una factura electrónica —y ese día ya está llegando en 2026— quieres poder responder: «claro, te la mando ahora mismo».
Ten una sola herramienta que emita un formato válido cuando lo necesites. Crea tu factura electrónica con Clozo hoy mismo.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica para autónomos?
- Hay dos normas distintas. Verifactu (software de facturación verificable) obliga a los autónomos en IRPF desde el 1 de julio de 2027. La factura electrónica entre empresas y profesionales (Ley Crea y Crece, RD 238/2026) llegará a pymes y autónomos 24 meses después de que entre en vigor la Orden Ministerial.
- ¿Qué es Verifactu y a quién afecta?
- Verifactu es el sistema del RD 1007/2023 que exige que tu programa de facturación registre cada factura de forma segura, inalterable y trazable, con un código QR. Afecta a quien factura con software. Enviar los registros a la Agencia Tributaria en modo Verifactu es, por ahora, voluntario.
- ¿Qué formato de factura electrónica necesito?
- La Ley Crea y Crece exige formatos del estándar europeo EN 16931: UBL, CII, EDIFACT o Facturae. Facturae ya se usa con la Administración (B2G). Para B2B basta con que tu herramienta emita un fichero válido en uno de esos formatos.
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